Tramitación de Proyectos Eléctricos
Los proyectos eléctricos están definidos en distintas categorías dependiendo si se trata de un proyecto de alta, media o baja tensión, de alumbrado, fotovoltaicos, corrientes débiles, seguridad, alarma, citofonía, subestaciones eléctricas y otros.
En esta publicación nos enfocaremos en conocer los formularios para la tramitación de tres tipos de proyectos: TE-1 Declaración de Instalaciones Eléctricas Interiores, TE-2 Puesta en Servicio Obras de Alumbrado Público y TE-3 Declaración de Aumento de Potencia de Empalme de Viviendas.
¿Para qué tipos de proyectos debo utilizar las Declaraciones TE-1, TE-2 y TE-3?
El formulario de Declaración TE-1 se utiliza para proyectos con las siguientes instalaciones:
- Instalaciones de Fuerza,
- Instalaciones de Alumbrado,
- Instalaciones de Climatización y Calefacción,
- Instalaciones de Circuitos de Computación,
- Instalaciones a nivel de Subestaciones,
- Instalaciones a nivel de Generadores.
Por otra parte, el formulario TE–2 de Puesta en Servicio Obras de Alumbrado Público se utiliza para proyectos de:
- Ampliación de alumbrado público luminarias,
- Nuevas instalaciones de alumbrado público,
- Recambio de alumbrado público – específicamente luminarias,
- Recambio de alumbrado público – específicamente lámparas (ampolletas).
Este trámite abarca la puesta en servicio de las instalaciones nuevas, recambios masivos y ampliaciones de alumbrado público, la cual se debe realizar con al menos quince (15) días previos a su fecha de puesta en servicio, cuya Inscripción en SEC es necesaria para solicitar a la Empresa de Distribución de Electricidad, la correspondiente energización de la obra de alumbrado público [2].
Y finalmente la Declaración TE-3 de Aumento de Potencia de Empalme de Viviendas, sólo se utiliza en los casos en que se requiera regularizar y/o aumentar la potencia del empalme de viviendas. Este trámite se debe realizar ante la SEC para que puedan acceder al aumento de la potencia suministrado por la empresa eléctrica.
¿Qué documentación debo tener para la aprobación de mi proyecto?
Según el manual para el Procedimiento para la realización por medios electrónicos [1,4] y el manual del instalador [2], para los proyectos de las categorías TE-1 y TE-2 se debe contar con la siguiente documentación:
TE-1:
- Plano del Proyecto: La presentación del Plano del proyecto debe cumplir con la Norma NCh Elec. 2/84, “Electricidad. Elaboración y Presentación de Proyectos”.
- Permiso de edificación municipal (solo para Arquitectos y Constructores Civiles).
- Memoria Explicativa (para instalaciones eléctricas de 20 kW o más).
- Memoria de cálculos de sistema de puesta a tierra (para 20 Kw de potencia instalada o más y S/E)
- Otros antecedentes.
TE-2
- Detalle de Instalaciones, indicando especificación de luminarias y lámparas, según formulario.
- Plano del Proyecto, en cumplimiento con la Norma NCh Elec. 2/84, “Electricidad. Elaboración y Presentación de Proyectos”.
- Permiso Municipal de Edificación
- Memoria Explicativa conforme a la Norma NCh Elec. 2/84 y el RIC 2021.
- Memoria de Cálculo del Sistema de Puesta a Tierra.
- Memoria de Cálculo de Proyecto de Alumbrado Público de Vías de Tránsito Vehicular.
- Memoria de Cálculo de Proyecto de Alumbrado Público de Tránsito Peatonal y reunión de personas.
Por otra parte, para los proyectos de aumento de potencia, basta con presentar una boleta de consumo reciente emitida por la empresa eléctrica. Esta presentación especial es aplicable en los casos que se requiera tramitar un aumento de hasta 25 A (6 kW – 220 V), de la protección del empalme eléctrico existente, y cuando se trate de viviendas sin modificación o ampliación de la instalación eléctrica original. En estos casos no se necesitará proyecto, ni memoria explicativa [3].
¿Dónde puedo realizar mi declaración del formulario?
Todas las declaraciones se pueden realizar a través del portal de la SEC (https://wlhttp.sec.cl/edeclaradorTE4/usuarioDeclarador.do).
¿Puede una persona natural realizar el trámite ante la SEC?
No, sólo podrán realizar las declaraciones instaladores tipo A y profesionales autorizados por la SEC.
Referencias
[1] Procedimiento para la realización por medios electrónicos, de trámites que indica ante la superintendencia de Electricidad y combustibles. SEC (Superintendencia De Electricidad y Combustibles). 11 septiembre 2006. Santiago, Chile. Link https://www.sec.cl/sitio-web/wp-content/uploads/2019/06/RE-1234.pdf
[2]Manual del Instalador TE-2. SEC (Superintendencia De Electricidad y Combustibles). Julio 2006. Santiago, Chile. Link https://www.sec.cl/sitio-web/wp-content/uploads/2020/07/Manual-Instalador-TE2.pdf
[3] Circular 3101. SEC (Superintendencia De Electricidad y Combustibles). Julio 2006. Santiago, Chile. Link https://www.sec.cl/sitio-web/wp-content/uploads/2019/06/3101.pdf